martes, 28 de abril de 2009

A pesar de la gripe porcina

Estimados alumnos:



Después del segundo examen parcial, han mantenido sus notas a pesar de que el nivel de complejidad de los temas se ha elevado, por lo que los felicito y exhorto a avanzar con el mismo esfuerzo al examen final de la materia que será oral y con sinodales, como ya lo saben.



Por otro lado, en estos momentos de descanso forzado para ustedes y con el fin de continuar con la clase de Introducción al Análisis Económico del Derecho, les dejo este video de un profesor latinoamericano que es abogado por la Pontificia Universidad Católica de Perú con maestría en leyes por la Universidad de Yale, aquí pueden consultar su perfil con mayor detalle:







Obviamente como ya algunos lo estan pensando, este video que les dejo a continuación no es una elección (mía) al azar o un aburrido video de un conferencista arrullador que diserta sobre la necesidad de estudiar el Common Law, no! nada más alejado de eso, el profesor Bullard se destaca por analizar temas jurídicos con la irreverencia de pensamiento que nos identifica a algunos analistas económicos del derecho, para ejemplificar algunos de sus artículos son:



"Kelsen de Cabeza: Verdades y Falacias sobre el Control Difuso de las Normas por las Autoridades Administrativas" Themis 2006



"Votando por refrigeradores y comprando congresistas: ¿porqué no? The Latin American and Caribbean Journal of Legal Studies (2006)



"Reivindicado a los Piratas: ¿Es la propiedad intelectual un Robo?, Alfredo Bullard González, Anuario Andino de Derechos Intelectuales (2005)



Así que, con anécdotas divertidas como "el premio Darwin", el porqué si salir con una chica o porque no hacerlo, el Profesor Bullard en este video, nos da un repaso de temas muy familiares para ustedes, la regla de la luz roja, probabilidad por la sanción, las penas de cadena perpetua, ¿porqué no proteger a las viudas con 7 hijos de un juicio de desahucio?, el gato en el microondas, hay más conciertos en el mundo, en fin, una serie de casos donde ustedes podrán aplicar los modelos que hemos visto, y como les dije en el examen, hacer realmente Análisis Económico del Derecho.



Y como sé que trabajan con incentivos, como todos los seres con racionalidad económica, habrá punto extra para el examen final, aunque el ejercicio será puesto después de que vean el video, (conforme lo vayan viendo por favor pongan un comentario para saber que lo han visualizado)







Pd. Como se los había contado, su profesor, ahora en su nuevo trabajo en el gobierno federal, está abordando el problema de salud que nos aqueja a todos, pero no descuidará su clase bajo el pretexto de dormirse diariamente a las 3 am, así que esperen más entradas para no atrasarnos en el programa ...es esto o clases de reposición los sábados... (sean racionales, minimicen sus costos por favor).

lunes, 13 de abril de 2009

Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos

Con el fin de ubicar el Análisis Económico que presentamos en este post dentro de la ciencia del derecho, es necesario hacer referencia a las obligaciones jurídicas, ¿Qué es una obligación? para el derecho romano, recogido en el Corpus Iuris Civilis de Justiniano, es:

Obligatio est juris vinculum quo necessítate adstringimur alicujus solvendae rei secundum nostrae civitatis jura.
Cuyo significado es que la obligación es un vínculo jurídico que nos impone la necesidad de satisfacer o pagar a otro una cosa según el derecho de nuestra ciudad.

En la época actual ¿Cuáles son las fuentes de estas obligaciones?
Contratos
Declaración Unilateral de la Voluntad
Enriquecimiento Ilegítimo
Gestión de Negocios
Actos Ilícitos (ilícitos culposos)
Riesgo Profesional
Cuya normatividad se encuentra dentro del Código Civil Federal Art. 1792 - 1937 para el caso de la competencia federal

La quinta categoría presentada, de los Actos Ilícitos, para el derecho romano-germánico es conocida en el Common Law como Tort Law, ambos son fuente de obligaciones y aunque existen algunas diferencias entre ellos, de su violación surge la Responsabilidad Civil o la obligación de reparar el daño, y es ahí, donde se aplica el Análisis Económico del Derecho.

En el derecho anglosajón , los ilícitos culposos, Tort Law, se clasifican en:
* Intencionales, semejantes a delitos
* No intencionales, accidentes

Este Análisis Económico se desarrolla sobre los Ilícitos culposos no intencionales, es decir, AED de los accidentes, históricamente fue la primer materia analizada bajo la perspectiva de Derecho y Economía, logrando un gran éxito en la aplicación de modelos económicos formales.

Ahora bien, dentro del AED de la Propiedad que realizamos, vimos que en la medida que puedan negociar las partes sin impedimentos se alcanzan resultados eficientes ¿Porqué esta solución no podría funcionar aquí?

Porque en el Tort Law los costos de transacción son altísimos, ya que en cualquier actividad que realizan las personas pueden ocurrir accidentes, éstas no pueden negociar con cada potencial afectado de la actividad que realizan.*1 Sin embargo, existe un modelo económico que puede aplicarse a esta institución jurídica y es la externalidad.

En economía los generadores de una externalidad negativa deben ser responsables de ella, esto se logra con la Ley, internalizando los costos que generan con sus actividades para que se conduzcan con precaución, es así que cuando los victimarios potenciales internalizan los costos del daño que causan, tendrán incentivos para invertir en la seguridad al nivel eficiente. *2

Finalmente podemos presentar estas conclusiones:
1) En el Análisis Económico del Derecho de la Propiedad se concluyó que la ley debería asignar de manera clara y simple los derechos de propiedad y facilitar su intercambio

2) En el Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos la ley debe internalizar las externalidades creadas por los costos de transacción elevados.
- . -.

*1 Recordando que los Costos de transacción se clasifican en Búsqueda, Arreglo y Ejecución
*2 La eficiencia en este caso, se refiere a la eficiencia en la producción de seguridad, en este caso se refiere a la seguridad que proveen las personas en las actividades que realizan para evitar accidentes, no hay que confundirlo con la seguridad pública que provee el estado para evitar los delitos.
También hay que tener cuidado con confundir la eficiencia con eficacia, la eficiencia económica se traduce en eficiencia en el intercambio, eficiencia en la producción y eficiencia en la combinación de bienes como lo hemos visto, la eficacia por otra parte es la capacidad de lograr efecto que se desea o se espera y puede originarse al seguir instrucciones, normas, estrategias y un sinnúmero de efectos.
Por último, aunque se alcance la eficiencia en la seguridad, ésto no quiere decir que desaparezcan los accidentes, siempre habrá un mínimo de ellos, es eficiente que existan ya que de otra manera el costo para evitarlos superaría el beneficio de hacerlo.
Es necesario puntualizar que El profesor de Análisis Económico del Derecho NO considera que es eficiente que la gente muera.

Análisis Económico del Derecho de Propiedad III

Para el segundo examen parcial se incluirán los siguientes temas del Análisis Económico del Derecho de Propiedad:

1. Generalidades de Economía y Derecho sobre la Propiedad

a) Sistema del Derecho de Propiedad
b) Tragedia de los Comunes
Propiedad Privada
Propiedad Pública
c) Bienes Públicos
No Rivalidad
No Exclusión
Free- Riders

2. Teorema de Coase

a) Costos de transacción
b) La Ley y el Teorema de Coase
Asignación de los Derechos de Propiedad
Eficiencia en el intercambio de los bienes privados
Provisión de los bienes públicos
Externalidades negativas
c) Propiedad Intelectual
Patentes
Copyright
Marca Comercial

Estos temas fueron vistos en las clases del mes pasado, mediante las presentaciones de power point y basados en las copias de los libros que les proporcioné, 100 - 133 de Cooter y 67 - 93 de Posner.

Junto con estos temas se examinarán los vistos en esta semana: Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos.