lunes, 23 de noviembre de 2009

Preguntas de AED

¿La pobreza es un problema exclusivamente ético?

viernes, 25 de septiembre de 2009

Why so serious?



Navegando por varios sitios de internet, me encontré este análisis sencillo pero de gran certeza y claridad de:


¿Porqué el Joker no se alía con Dos caras o con el Espantapájaros o con el Acertijo para acabar de una vez por todas con Batman?


Utilizando las herramientas de preferencias, beneficios esperados y utilidad, además de la ley de rendimientos decrecientes de los factores de la producción, este divertido post nos muestra que el Joker sería menos feliz acabando con Batman con ayuda de otros supervillanos que consiguiendolo por si mismo.

De esta manera aún en la irracionalidad del Joker, éste tiene una conducta perfectamente racional, maximizando su bienestar.
Agradezco y felicito al Ciudadano Pop por su excelente post.

jueves, 24 de septiembre de 2009

Cuba, el Concierto de Juanes y el evento de Fundación Telmex



En dias pasados se celebraron dos eventos importantes en convocatoria y por los ponentes que se presentaron.



El 8 de septiembre pasado fue realizado en la Ciudad de México el evento de Fundación Telmex, México Siglo XXI, que convocó a poco más de 5 000 becarios para escuchar conferencias del expresidente de Chile Ricardo Lagos, el cofundador de twitter Biz Stone, la ex tenista Ana Kournikova y el ganador del Oscar por mejor actor Forest Whitaker. El evento duró todo el día y la asistencia fue reservada a becarios de excelencia académica que cuentan con la beca de Fundación Telmex.


Por otra parte, el 20 de septiembre, ante más de un millón de personas se presentaron el español Miguel Bosé y los colombianos de Juanes en la ciudad de la Habana, Cuba, el evento llamado Paz sin fronteras fue un éxito según sus organizadores.


Los eventos comparten una característica única que puede pasar fácilmente desapercibida pero se puede entender desde el punto de vista del Análisis Económico aplicado a actividades de no mercado.


La asistencia al evento Telmex es condicionada a una beca de excelencia, ¿Pero quién dispone de los mejores lugares dentro del Auditorio Nacional? Al ser un evento "gratuito" para los becarios, el mecanismo eficiente de asignación de mercado desaparece y la asignación es dictatorial, por lo que los mejores lugares, las primeras 10 -15 filas está ocupada por personas que en su vida académica vieron un 10 en sus boletas o peor aún, sin instrucción universitaria.


¿Y que fué lo que pasó en el concierto de Cuba? Por el video que se puede ver en la dirección que anexo,*1 se ve y oye claramente el enojo del colombiano Juanes (estamos muy molestos, estamos muy molestos, estamos muy molestos, entiendeme bien, estamos muy molestos, etcétera) que se inconforma que "la gente normal" no podrá entrar al concierto y porque más de la mitad de los mejores lugares están reservados a la "élite" de la isla. ¿Pero que no es un sistema igualitario donde todos tienen lo mismo? La respuesta obviamente es negativa, no solo por este concierto sino por la multitud de hechos que se registran en la isla, donde unos pocos controlan todo. Obviamente el concierto "gratuito" de Juanes no podía ser la excepción en la asignación dictatorial de los recursos. Abogar por "la buena voluntad" de las autoridades (sean cubanas, gringas o mexicanas) es demasiado inocente (A Dios le pido).


De este modo, se comprueba una vez más los postulados económicos de libre mercado, y eso no significa necesariamente que las entradas deban ser vendidas, sino encontrar mecanismos de intercambio que posibiliten que quienes valoren más los lugares los obtengan. De lo contrario, el Auditorio seguirá viendose semivacío en las primeras filas del evento México Siglo XXI a pesar de lo mucho que la gente brillante que dirige la Fundación se esfuerze por llenarlo. Y en el caso de Cuba, mientras todo sea "gratis" seguirá existiendo el nepotismo, los mercados negros y el bajo nivel de vida.


- Enrique -

Pd. "Profesor, el neoliberalismo no puede resolverlo todo" Ya lo sé alumno, pero en este caso de la asignación de lugares el AED puede explicar y mejorar las cosas.



*2 A semejanza del trueque hecho en clase de snicker y tridents, hay otros mecanismos, como teoría de colas que puede llevar a una asignación eficiente de recursos.

martes, 18 de agosto de 2009

¿Porqué el racismo nunca dejará de existir?

¿Porqué los prejuicios sobre la raza, edad, sexo o condición social no dejarán de existir?


Domingo, 18 de Agosto, 6:55 pm
Llovía imperceptiblemente ese día, solo el frío que sentía en el camino me hacía mirar de vez en cuando por la ventana y dibujar figuras de árboles en el cristal del auto, sobreponiendolas a las que veía en el bosque que contenía a la autopista.

En ese tramo cuando llueve, no hay mucho que ver por la neblina, así que de forma distraída pero interncional, presioné el encendido de mi computadora y me di cuenta que la película que había estado buscando se había descargado la noche anterior.

http://www.youtube.com/watch?v=ZmHZOiZt0xo

Sabía que la película había ganado un oscar y que pocos la habían visto y es que es una de esas películas que muchos habrían de ver, pero pocos han visto, por esos caprichos de los nombres que dicen todo y no dicen nada... Crash (Oscar 2006).

La temática del prejuicio de raza - del racismo - permea la película y da cuenta de ella en la sociedad americana, pero no es ajena a nuestra realidad y sobre todo a nuestra naturaleza humana.

Y estando ahí sumergido en mis pensamientos, entendí porqué el racismo, y en general los prejuicios nunca dejarán de existir.

- Enrique -


¿Alguien sabe porqué?

(Desde el punto de vista del AED)

jueves, 4 de junio de 2009

Epílogo

El examen nos trajo y nos dejó buenas notas, sorpresas gratas, preguntas inquietantes y descubrimientos asombrosos.

Varios dieces y pocos sietes.
El descubrimiento de los mercados de bonos de carbono y del robo a gran escala de autopartes Honda.
¿Cuál es la relación entre la Teoría Pura del Derecho y el AED?
El comercio informal y el recurso público que agotan.

A todos, gracias por su participación en el curso de AED, éste creó y nos mostró hasta el último día un excelente grupo que nunca podrá olvidar que hay formas más interesantes en las que pueden ver la misma realidad.

Hasta siempre.

lunes, 1 de junio de 2009

Examen Final

Estimados alumnos:

El día de hoy es el examen, espero que hayan estudiado muchísimo el fin de semana, tengo a los sinodales confirmados, así que espero que dejen en alto la materia que les impartí.

El examen comienza las 4 pm, en el salón asignado por la coordinación.

Mucha a suerte a todos.

jueves, 28 de mayo de 2009

Examen Final

Temas y subtemas para el examen final oral de la materia Introducción al Análisis Económico del Derecho.

1. ¿Qué es el Análisis Económico del Derecho?
1.1 Concepto y Denominaciones
1.2 Diferencia entre el Análisis Económico del Derecho y el Derecho Económico
1.3 Objeto de estudio y Fines del Análisis Económico del Derecho
1.4 Lugar de la Teoría Microeconómica dentro del Análisis Económico del Derecho

2. Las preferencias de los consumidores y el equilibrio del mercado
2.1 Concepto de mercado vs asignación dictatorial
2.2 La “mano invisible” del mercado
2.3 Costo de Oportunidad y los dulces “gratis”
2.4 Características de la ordenación de preferencias

3. Supuestos filosóficos del Análisis Económico del Derecho
3.1 WorkPaper de Rodolfo Vázquez
3.2 WorkPaper de Andrés Roemer
3.3 Conceptos de eficiencia
3.3.1Intercambio
3.3.2 Producción
3.3.3 Combinación de Bienes

4. Modelos microeconómicos vs Silogismo Jurídico
4.1 Ceteris Paribus
4.2 Maximización matemática
4.3 Ius Naturalismo vs Ius Positivismo
4.4 Semejanzas, discrepancias entre Economía y Derecho

5. Comportamiento Racional Instrumental
5.1 Medios y fines
5.2 Escenarios de actuación. Valores.
5.3 Decisión Racional y valores esperados

6. Análisis Económico del Derecho Penal
6.1 Modelo de Maximización de un delincuente
6.2 Sanción Penal y Costos esperados
6.3 Comportamiento Racional Instrumental sin restricciones de culpa
6.4 Curva de beneficios y Curva de Costo esperado, decisión racional.

7. Generalidades de Economía y Derecho sobre la Propiedad
7. 1 Sistemas del Derecho de Propiedad
7.2 Tragedia de los Comunes
7.3 Propiedad Privada y Propiedad Pública

8. Análisis Económico de los Derechos de Propiedad: Bienes Públicos
8. 1 Propiedades de No Rivalidad y No Exclusión
8. 2 Problema del Free- Riders y externalidades
8.3 Provisión de los bienes Públicos

9. Análisis Económico de los Derechos de Propiedad: Teorema de Coase
9. 1 Costos de transacción
9.2 La Ley y el Teorema de Coase
9.3 Asignación de los Derechos de Propiedad

10. Análisis Económico de los Derechos de Propiedad: Propiedad Intelectual y Análisis Económico del Derecho de las Cartas de Intención.
10. 1 Patentes, Copyright y Marca Comercial
10. 2 Cartas de Intención
10.2.1 Introducción
10.2.2 Origen y Finalidad
10.2.3 Análisis Económico del Derecho de las Cartas de Intención

11. Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos
11.1 Costos de los accidentes
11.2 Reglas de responsabilidad
11.3 Regla de Hand

12. Análisis Económico del Derecho Constitucional
12.1 Análisis Económico de las decisiones de Grupo
12.2 Reglas de decisión, Preferencias cíclicas, diseño de reglas.
12.2 Análisis Económico de las leyes que conforman el sistema jurídico mexicano

Las Cartas de Intención y su Análisis Económico del Derecho


I. Introducción
Hay ocasiones en las que un contrato determinado no puede celebrarse por distintos motivos, en esas circunstancias, las partes que están dispuestas a celebrar dicho contrato generalmente tienen la intención de suscribir un compromiso futuro de celebrarlo, o por otra parte, pueden tener la disposición de pre configurar el contrato antes de celebrar el definitivo. Estos acuerdos previos preparan el inicio de una relación jurídica que cristalizará en el contrato definitivo.

En el sistema jurídico mexicano, este acuerdo previo recibe el nombre de contrato preparatorio el cual es un contrato que tiene por objeto crear un estado de derecho como preliminar para la celebración de uno o varios contratos futuros, sin embargo esta figura jurídica es ajena a nuestro ordenamiento y ha sido incorporada de otros sistemas jurídicos, donde ha recibido el nombre genérico de Cartas de Intención.

II. Origen y Finalidad
En efecto, la figura jurídica de las Cartas de Intención (letters of intent) se crea en el derecho anglosajón teniendo como finalidad reducir los costos de transacción entre las partes (como sabemos son aquellos costos derivados de la búsqueda de información, de la negociación, la vigilancia y la ejecución del intercambio, así como todo impedimento que tienen las partes para celebrar el contrato) y dar mayores facilidades a los particulares de poder realizar negocios. En los países del Common Law también recibe el nombre de Acuerdos de intenciones o Memorandos de Entendimiento (MOU).

El derecho mexicano adopta esta institución jurídica pero con una gran diferencia: la posibilidad de obligar al promitente que incumpla a celebrar dicho contrato o exigirle determinada indemnización por aquellos daños y perjuicios que se le hayan ocasionado al beneficiario (en caso de ser unilateral) y o al promitente (en caso de ser bilateral), es decir, a diferencia de las Cartas de Intención, los contratos preparatorios en México están dotados de vinculación jurídica.

III. Ejemplos de normas mexicanas que regulan las Cartas de Intención:

Encontramos en los ordenamientos del Distrito Federal y el estado de Jalisco las siguientes regulaciones que establecen los acuerdos previos a los contratos:

En el Código Civil del Distrito Federal encontramos una especie:
Artículos 2243- 2247.- Contrato preparatorio en el que una o ambas partes se obligan a celebrar dentro de cierto tiempo o plazo determinado uno o varios contratos futuros cuyos elementos esenciales se determinan al efecto por escrito.

En el Código Civil de Jalisco se regulan tres especies:

Artículo 1839.- Por la opción a contratar puede pactarse la celebración del contrato a un tiempo determinado o sobre un acontecimiento futuro e incierto.

Artículo 1845.- Por virtud de la carta intención se conviene por los interesados en la celebración de un contrato, el cual no puede quedar sujeto a la voluntad de los otorgantes, sino a la obtención de autorizaciones de carácter administrativo, o de resultados sobre estudios de viabilidad en el negocio proyectado.

Promesa:
Contrato preparatorio en el que una o ambas partes se obligan a celebrar dentro de cierto tiempo o plazo determinado uno o varios contratos futuros cuyos elementos escenciales se determinan al efecto por escrito.

Hablando específicamente de la carta intención, desde el momento de la obtención de autorizaciones de carácter administrativo, o de resultados sobre estudios de viabilidad en el negocio proyectado se hace válido y exigible la celebración de dicho contrato ya que el objeto de éste se ha hecho cierto y determinado, por lo tanto se puede:

En caso de ser unilateral se puede acudir ante el juez para que firme, en rebeldía del promitente, todos aquellos documentos necesarios para la celebración de dicho contrato:

ARTÍCULO 2247 (D.F.).- Si el promitente rehusa firmar los documentos necesarios para dar forma legal al contrato concertado, en su rebeldía los firmará el juez, salvo el caso de que la cosa ofrecida haya pasado por título oneroso a la propiedad de tercero de buena fe, pues entonces la promesa quedará sin efecto, siendo responsable el que la hizo de todos los daños y perjuicios que se hayan originado a la otra parte.

En caso de ser bilateral aplica el pacto comisorio tácito:

ARTÍCULO 1949. La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos. También podrá pedir la resolución aún después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.


IV. Análisis Económico del Derecho de las Cartas de Intención.

Estamos en posibilidad de aplicar el AED a las normas jurídicas mexicanas, y hasta donde sé, no ha existido un estudio semejante de law & economics sobre las cartas de intención mexicanas.

1) Empecemos por analizar el origen de las Cartas de Intención anglosajonas, éstas como fue expuesto al inicio del post, buscan reducir los costos de transacción entre las partes, siguiendo el espíritu del Teorema de Coase, el cual enuncia que en la medida que disminuyan estos costos de transacción las partes podrán llegar a resultados eficientes sin necesidad de que la ley intervenga.

2) Este beneficio de entablar pláticas previas, reduce costos de negociación y de búsqueda, ya que los acuerdos preliminares se realizan con alguien en concreto, de ahí que disminuya los costos de búsqueda, y pueden acordarse cláusulas definidas, que disminuyan los costos de negociación, una vez que se acerque la firma definitiva del contrato.

3) Así, las Cartas de Intención anglosajonas permiten una disminución de los costos de transacción lo que beneficia a las partes para llegar a acuerdos, cabe preguntar, ¿porqué es atractivo para las partes de un contrato celebrar cartas de intención?, la respuesta es que al no existir obligatoriedad de celebrar el contrato definitivo, las partes pueden libremente bajar sus costos de transacción o renunciar en un momento determinado si no son convencidas con el intercambio propuesto.

4) Pero ¿Qué sucede con las Cartas de Intención mexicanos conocidos como Contratos Preparatorios?, el hecho de contar con vinculación jurídica en nuestro ordenamiento, fuerzan al signatario de una Carta de Intención a celebrar el contrato definitivo o en su caso al pago de daños y perjuicios, lo que ocasiona que la firma de este contrato preparatorio sea realmente un costo “esperado” (sanción multiplicado por probabilidad de no firmar el contrato definitivo) que puede incurrir el firmante al suscribir una Carta de Intención, por lo que esta institución a diferencia del Derecho Anglosajón no disminuye los costos de transacción… los aumenta!!!

Esto nos enseña que no es suficiente contar con las buenas intenciones de los legisladores, sino de personas preparadas que analicen las normas a la luz de estas herramientas científicas.

5) Se puede argumentar que “no se puede dejar a voluntad de las partes la celebración del contrato, ya que las partes deben asegurar de alguna manera la oferta que aceptaron hacer, ya que al aceptar dicha oferta renunciaron a muchas otras que pudieron haber sido mejores o iguales, es decir, aumentar la seguridad jurídica”, pero estas figuras jurídicas no buscan aumentar la seguridad jurídica en el Common Law para eso existen otras instituciones, sino reducir los costos de transacción, es decir, que las partes lleguen a resultados eficientes, no se busca que las personas renuncien a mejores oportunidades de intercambios para fortaleces la seguridad jurídica, sino precisamente a que no renuncien a estas oportunidades de mejorar su utilidad.


- Este entrada de blog fue realizada con la colaboración especial de Ricardo Díaz Leal Villareal, al cual agradezco sus notas -

lunes, 18 de mayo de 2009

Análisis de las acciones del Gobierno


A menos de un mes de la emergencia sanitaria, se empieza a poner en perspectiva el manejo del gobierno sobre la crisis, aquí les dejo un link de Newsweek en inglés que trata de la respuesta de México, tanto sociedad como gobierno para evitar una pandemia, podemos sentirnos orgullosos de que nuestro trabajo sea reconocido.


Happily, Mexico has shown the world how a responsible nation can respond to a potential pandemic. By moving swiftly to shut down schools, entertainment and places of social congregation, Mexico—an already beleaguered economy—is facing dire financial consequences. But its dramatic actions may be saving Mexican lives, and slowing down the outbreak of 2009. In that sense, the world owes Mexico a big "gracias".




* Laurie Garret es ganadora del Premio Pulitzer y escritora del libro "The Coming Plague", 1994, la plaga que viene, además de articulista de "Newsweek". La fotografía y las letras en cursivas son tomadas de la dirección citada con fines pedagógicos.

lunes, 11 de mayo de 2009

Influenza AH1N1


Durante la clase hicimos un Análisis de Política Pública sobre como el gobierno federal tomó decisiones con la información que contaba sobre el nuevo virus de la Influenza, para eso abordamos someramente las gráficas contenidas en el Work Paper de dos investigadores norteamericanos, mismo que se puede descargar libremente en:

http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1398445

Después de que utilizamos algunas herramientas del Análisis Económico del Derecho para analizar ciertas decisiones y percibimos que existieron pocos datos por parte de los estados, lo relacionamos con la problemática de la legislación estatal donde hay poca rendición de cuentas entre los congresos locales y los gobernadores, mismos que se han convertido en "auténticos virreyes"*1 de su estado, por nuestra mente pasan las acciones del gobierno de Puebla en el caso Lydia Cacho y el gobierno de Oaxaca con la Appo, esto incluye por supuesto a los gobiernos del PRI, pero también hay buenos ejemplos de esta normatividad paralela dentro del Estado Mexicano que afecta y debilita el Estado de Derecho en gobiernos de otros partidos políticos como Jalisco.

Esta imagen escaneada es de la columna del periódico Reforma del 11 de mayo de 2009 que publica el periodista Roberto Zamarripa y que hace referencia al Secretario de Salud de esa entidad y puede ayudarnos a dilucidar porqué la pobreza de la información en ese sector.

*1 Auténticos virreyes fue una columna de Denise Merker que definió perfectamente las normas estatales entre los poderes legales.






martes, 28 de abril de 2009

A pesar de la gripe porcina

Estimados alumnos:



Después del segundo examen parcial, han mantenido sus notas a pesar de que el nivel de complejidad de los temas se ha elevado, por lo que los felicito y exhorto a avanzar con el mismo esfuerzo al examen final de la materia que será oral y con sinodales, como ya lo saben.



Por otro lado, en estos momentos de descanso forzado para ustedes y con el fin de continuar con la clase de Introducción al Análisis Económico del Derecho, les dejo este video de un profesor latinoamericano que es abogado por la Pontificia Universidad Católica de Perú con maestría en leyes por la Universidad de Yale, aquí pueden consultar su perfil con mayor detalle:







Obviamente como ya algunos lo estan pensando, este video que les dejo a continuación no es una elección (mía) al azar o un aburrido video de un conferencista arrullador que diserta sobre la necesidad de estudiar el Common Law, no! nada más alejado de eso, el profesor Bullard se destaca por analizar temas jurídicos con la irreverencia de pensamiento que nos identifica a algunos analistas económicos del derecho, para ejemplificar algunos de sus artículos son:



"Kelsen de Cabeza: Verdades y Falacias sobre el Control Difuso de las Normas por las Autoridades Administrativas" Themis 2006



"Votando por refrigeradores y comprando congresistas: ¿porqué no? The Latin American and Caribbean Journal of Legal Studies (2006)



"Reivindicado a los Piratas: ¿Es la propiedad intelectual un Robo?, Alfredo Bullard González, Anuario Andino de Derechos Intelectuales (2005)



Así que, con anécdotas divertidas como "el premio Darwin", el porqué si salir con una chica o porque no hacerlo, el Profesor Bullard en este video, nos da un repaso de temas muy familiares para ustedes, la regla de la luz roja, probabilidad por la sanción, las penas de cadena perpetua, ¿porqué no proteger a las viudas con 7 hijos de un juicio de desahucio?, el gato en el microondas, hay más conciertos en el mundo, en fin, una serie de casos donde ustedes podrán aplicar los modelos que hemos visto, y como les dije en el examen, hacer realmente Análisis Económico del Derecho.



Y como sé que trabajan con incentivos, como todos los seres con racionalidad económica, habrá punto extra para el examen final, aunque el ejercicio será puesto después de que vean el video, (conforme lo vayan viendo por favor pongan un comentario para saber que lo han visualizado)







Pd. Como se los había contado, su profesor, ahora en su nuevo trabajo en el gobierno federal, está abordando el problema de salud que nos aqueja a todos, pero no descuidará su clase bajo el pretexto de dormirse diariamente a las 3 am, así que esperen más entradas para no atrasarnos en el programa ...es esto o clases de reposición los sábados... (sean racionales, minimicen sus costos por favor).

lunes, 13 de abril de 2009

Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos

Con el fin de ubicar el Análisis Económico que presentamos en este post dentro de la ciencia del derecho, es necesario hacer referencia a las obligaciones jurídicas, ¿Qué es una obligación? para el derecho romano, recogido en el Corpus Iuris Civilis de Justiniano, es:

Obligatio est juris vinculum quo necessítate adstringimur alicujus solvendae rei secundum nostrae civitatis jura.
Cuyo significado es que la obligación es un vínculo jurídico que nos impone la necesidad de satisfacer o pagar a otro una cosa según el derecho de nuestra ciudad.

En la época actual ¿Cuáles son las fuentes de estas obligaciones?
Contratos
Declaración Unilateral de la Voluntad
Enriquecimiento Ilegítimo
Gestión de Negocios
Actos Ilícitos (ilícitos culposos)
Riesgo Profesional
Cuya normatividad se encuentra dentro del Código Civil Federal Art. 1792 - 1937 para el caso de la competencia federal

La quinta categoría presentada, de los Actos Ilícitos, para el derecho romano-germánico es conocida en el Common Law como Tort Law, ambos son fuente de obligaciones y aunque existen algunas diferencias entre ellos, de su violación surge la Responsabilidad Civil o la obligación de reparar el daño, y es ahí, donde se aplica el Análisis Económico del Derecho.

En el derecho anglosajón , los ilícitos culposos, Tort Law, se clasifican en:
* Intencionales, semejantes a delitos
* No intencionales, accidentes

Este Análisis Económico se desarrolla sobre los Ilícitos culposos no intencionales, es decir, AED de los accidentes, históricamente fue la primer materia analizada bajo la perspectiva de Derecho y Economía, logrando un gran éxito en la aplicación de modelos económicos formales.

Ahora bien, dentro del AED de la Propiedad que realizamos, vimos que en la medida que puedan negociar las partes sin impedimentos se alcanzan resultados eficientes ¿Porqué esta solución no podría funcionar aquí?

Porque en el Tort Law los costos de transacción son altísimos, ya que en cualquier actividad que realizan las personas pueden ocurrir accidentes, éstas no pueden negociar con cada potencial afectado de la actividad que realizan.*1 Sin embargo, existe un modelo económico que puede aplicarse a esta institución jurídica y es la externalidad.

En economía los generadores de una externalidad negativa deben ser responsables de ella, esto se logra con la Ley, internalizando los costos que generan con sus actividades para que se conduzcan con precaución, es así que cuando los victimarios potenciales internalizan los costos del daño que causan, tendrán incentivos para invertir en la seguridad al nivel eficiente. *2

Finalmente podemos presentar estas conclusiones:
1) En el Análisis Económico del Derecho de la Propiedad se concluyó que la ley debería asignar de manera clara y simple los derechos de propiedad y facilitar su intercambio

2) En el Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos la ley debe internalizar las externalidades creadas por los costos de transacción elevados.
- . -.

*1 Recordando que los Costos de transacción se clasifican en Búsqueda, Arreglo y Ejecución
*2 La eficiencia en este caso, se refiere a la eficiencia en la producción de seguridad, en este caso se refiere a la seguridad que proveen las personas en las actividades que realizan para evitar accidentes, no hay que confundirlo con la seguridad pública que provee el estado para evitar los delitos.
También hay que tener cuidado con confundir la eficiencia con eficacia, la eficiencia económica se traduce en eficiencia en el intercambio, eficiencia en la producción y eficiencia en la combinación de bienes como lo hemos visto, la eficacia por otra parte es la capacidad de lograr efecto que se desea o se espera y puede originarse al seguir instrucciones, normas, estrategias y un sinnúmero de efectos.
Por último, aunque se alcance la eficiencia en la seguridad, ésto no quiere decir que desaparezcan los accidentes, siempre habrá un mínimo de ellos, es eficiente que existan ya que de otra manera el costo para evitarlos superaría el beneficio de hacerlo.
Es necesario puntualizar que El profesor de Análisis Económico del Derecho NO considera que es eficiente que la gente muera.

Análisis Económico del Derecho de Propiedad III

Para el segundo examen parcial se incluirán los siguientes temas del Análisis Económico del Derecho de Propiedad:

1. Generalidades de Economía y Derecho sobre la Propiedad

a) Sistema del Derecho de Propiedad
b) Tragedia de los Comunes
Propiedad Privada
Propiedad Pública
c) Bienes Públicos
No Rivalidad
No Exclusión
Free- Riders

2. Teorema de Coase

a) Costos de transacción
b) La Ley y el Teorema de Coase
Asignación de los Derechos de Propiedad
Eficiencia en el intercambio de los bienes privados
Provisión de los bienes públicos
Externalidades negativas
c) Propiedad Intelectual
Patentes
Copyright
Marca Comercial

Estos temas fueron vistos en las clases del mes pasado, mediante las presentaciones de power point y basados en las copias de los libros que les proporcioné, 100 - 133 de Cooter y 67 - 93 de Posner.

Junto con estos temas se examinarán los vistos en esta semana: Análisis Económico del Derecho de los Ilícitos Culposos.

lunes, 30 de marzo de 2009

Análisis Económico de la Propiedad II

Para organizar un sistema jurídico de la propiedad no ha habido una sola respuesta, mucha gente, en muchos países, ha dado un sinnúmero de opciones para establecer el Derecho a la Propiedad, la variedad de posturas es grande, como muestra, tres definiciones que nos hablan de lo diferente que puede considerarse una misma idea.


Propiedad:


Dominio único y despótico que se ejerce sobre las cosas externas del mundo, en exclusión de otro individuo, William Blackstone.

Las obligaciones de las personas en función de las cosas, Max Gluckman

Institución por la que unos cuantos esclavizan a muchos, Carlos Marx

Enlazando esta concepción con un problema que planteamos en el post pasado acerca de ¿Qué puede ser objeto de propiedad privada? y en concreto el tema de las mariposas monarcas...


¿A quienes pertenecen las mariposas?
Son de México, de Canadá, de la humanidad, de nadie…

Son Propiedad Privada
Son Propiedad Pública
Son ¿Propiedad de Nadie?

Son ¿Propiedad de Todos?


Para responder a esto es necesario hacer referencia a un tema en economía llamado "La Tragedia de los Comunes"...


...Imaginemos un pastizal abierto para una comunidad de pastores, si uno de los habitantes decide incrementar una cabeza más de ganado, aumentará su ganancia sin asumir algún costo, los demás pastores se ven tentados a incrementar su ganado al ver la ganancia y al final, el pastizal desaparece para todos...


Este comportamiento puede explicarnos la tragedia de la extinción de las especies, la sobreexplotación de la pesca mundial, los parques y jardínes públicos, la contaminación, áreas comunes en departamentos y condominios, etc


Es así que el modelo conocido como "La tragedia de los comunes" puede explicarnos lo que sucede con un bien que es de todos o no es de nadie, en el caso que nos atañe sobre los insectos alados migratorios, la pregunta está mal planteada, no es ¿A quién pertenecen las mariposas monarcas? sino ¿cómo debemos organizar el derecho de propiedad alrededor de las mariposas monarcas para que el mayor númer de personas pueda disfrutarlas?


La identificación del problema que llevo a su solución, vino de Garret Hardin, un biólogo que publicó un artículo llamado "The Tragedy of Commons" en la revista Science, v 162 en 1968, y lo enunció de la siguiente manera:



“Cada hombre está encerrado en un sistema que lo impulsa a incrementar su ganado ilimitadamente, en un mundo limitado. La ruina es el destino hacia el cual corren todos los hombres, cada uno buscando su mejor provecho en un mundo que cree en la libertad de los recursos comunes. La libertad de los recursos comunes resulta la ruina para todos.“



Ante esta situación, el derecho y los juristas han ideado algunas formas del derecho de la propiedad que pueden evitar la sobreexplotación de los recursos naturales y por ende, evitar la tragedia de los comunes:

Propiedad Privada: En el ejemplo citado por Hardin se divide el pastizal en parcelas y a cada individuo se le asigna una porción


Propiedad Pública: El Pastizal es usado y cuidado mediante un sistema de vigilancia y policía para sancionar a los infractores.

Así el régimen legal puede evitar un desenlace fatal que se desprende por la simple actividad humana, tal como pasó en la Isla de Pascua con la Cultura Rapa Nui que se extinguió debido a la inexistencia o la deficiencia de las normas que organizaran la propiedad en esa región.

Análisis Económico del Derecho de la Propiedad


La Propiedad es un tema fundamental en Economía y en Derecho, es una materia donde se cruzan ambas ciencias y da origen a numerosas y complejas teorías tanto jurídicas como económicas, para entrar de lleno a este tema reflexionemos los siguientes casos:



Por cierto, no se preocupe en encuadrar perfectamente la conducta en las hipótesis de determinada Ley, simplemente discurra sobre las posibles soluciones a cada problema.


1) Este fin de semana llegaron a los bosques de Michoacán, las mariposas monarcas desde Canadá, ¿Quién puede cobrar por visitarlas? 1) El dueño del ejido al que llegan, 2) La compañía de turismo ecológico que renta el espacio para camping, 3) El gobierno federal porque es un parque nacional



2) Una empresa Televisiva gastó 125 millones de pesos en un canal de Alta Definición que es capaz de sintonizarse por señal aérea, recientemente una compañia de Teléfonos Celulares lanzo transmisión de datos de internet a celular por una frecuencia cercana causando interferencia en ambas señales ¿A quién pertenece este espectro?


3) Fernando compra un lunes un departamento en la Colonia Condesa y se instala inmediatamente ahí, llega el fin de semana y se da cuenta que en la parte inferior del edificio existe un bar que lo molesta con el ruido toda la noche del sábado y domingo, ¿Puede él demandar la clausura del bar?



4) René hereda un terreno en Tabasco y quiere drenar un pantano ubicado en su propiedad para sembrar, sin embargo ese humedal nutre las corrientes subterráneas de agua, el Ayuntamiento de Comacalco le prohíbe drenar las tierras húmedas, René interpone una demanda, ¿A quién asiste el derecho?



5) En una ex-hacienda a las afueras de León Guanajuato, un empresario construye una finca de fin se semana, 5 años después empieza la construcción de un fraccionamiento exclusivo y los dueños de ese terreno se percatan que la casa del empresario invade parte de los terrenos, el dueño de la casa pretende llegar a un arreglo, pero los agentes de la compañía rechazan el arreglo y piden la reubicación de la casa. ¿Qué resolvería como Juez?



Estos 5 problemas tienen importantes causas y consecuencias ius-económicas, que varian en cada cuestión planteada, pero puede afirmarse que en todas ellas la Ley tiene una importante labor para responder las siguientes preguntas:


a) ¿Cómo se establecen los derechos de Propiedad?
b) ¿Qué puede ser objeto de la Propiedad Privada?
c) ¿Qué pueden hacer los dueños con su propiedad?
d) ¿Qué remedios existen para la violación de los derechos de la propiedad?


No solo la Ley Mexicana tiene que contestar estas importantes cuestiones, sino cada sistema jurídico, presente o pasado, ha tenido que crear un conjunto estructurado de Derechos de Propiedad que determine como funciona la producción y los intercambios de bienes y servicios.



Así en buena medida, el Derecho determina que se puede y que no se puede realizar con los recursos escasos y por ende, incide en las necesidades ilimitadas de las personas.



En clase se asignó cada problema a un equipo, reflexionaron sobre los problemas planteados y contestaron brillantemente (algunos) sobre el camino a seguir para encontrar posibles respuestas. El equipo 2 tuvo un punto extra, muy valioso para el 2 examen parcial que será oral. Felicidades.

miércoles, 25 de febrero de 2009

Examen y resultados

A mis estimados alumnos:

1. Felicito a aquellos que en el 1º examen parcial obtuvieron calificaciones de 9 y 10, a los que hayan obtenido 8 los convoco a redoblar esfuerzos y a los alumnos de 6 y 7, les pido encarecidamente que se acerquen a la materia, repasen los temas vistos y me hagan llegar sus dudas para mejorar esas notas en los examenes que vienen.

2. Las pròximas semanas tendrán clases con el Profesor Adjunto de la siguiente manera:

a) el día lunes 2 de Marzo no habrá clase
b) el día martes 3 de Marzo SI habrá clase
c) el día lunes 9 de Marzo también habrá clase
d) el día martes 10 de Marzo no habrá clase

3. El tema será la responsabilidad civil, por favor les pido que le den el mismo trato que he tenido con ustedes y agradezco.

4. Nos vemos en Marzo, les deseo éxito en los restantes examenes parciales

miércoles, 18 de febrero de 2009

Análisis Económico de las Normas que inciden en la probabilidad de ser atrapado, juzgado y condenado por un delito

La probabilidad de que un delincuente sea atrapado, juzgado y condenado por algún delito que cometa en México es de 1.24%, esta cifra alarmante ha sido obtenida por investigaciones serias de AED en la materia, para mayor referencia se sugiere la lectura del post del 10 de febrero de este año.

¿Pero cuáles son las normas jurídicas que afectan esta probabilidad?


Estudios empíricos validados a través de técnicas científicas de medición realizada en el interior de los juzgados y fiscalías de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia y Venezuela en 1999 por Edgardo Buscaglia y María Dakolias, encuentran 10 factores que incrementan los costos de acceso a la justicia civil y penal:

1. Altos niveles de complejidad procesal y administrativo inherentes en los códigos procesales


2. Desconocimiento o incompetencia de jueces, secretarios de juzgado y ministerios públicos que no aplican técnicas de manejo de procesos judiciales de alta complejidad


3. Falta de capacitación del personal de apoyo al juzgado, procuradurías y policías en la instalación y manejo de tecnología de punta. (Bases de datos de delincuentes, tecnologías de información)


4. Alta frecuencia de abuso de discrecionalidad sustantivos procesales y administrativos (El sistema está basado en la discrecionalidad de aplicación a la Ley)

5. Falta de información sobre las etapas del proceso penal

6. Falta de servicio civil de carrera para empleados administrativos que apoyan el trabajo de jueces, ministerios públicos y policías.

7. Carencia de sistemas de control externo-interno a los juzgados penales y ministerios públicos (Consejo de la Judicatura, decisiones colegiadas, transparencia)


8. Alta percepción de corrupción judicial y policial, aumenta los costos de acceso a la Justicia


9. Excesivo número de instancias de apelación de sentencias e interlocutorias que incrementa los casos penales y civiles, es decir, incentiva la litigiosidad.


10. Defectuosa asignación de recursos presupuestarios sin prestar atención al impacto que el aumento de ciertas partidas presupuestarias clave tienen en el aumento de la oferta y la demanda de servicios judiciales. (Más recursos no es mejor seguridad)
Estos 10 factores que aumentan los costos de acceso a la justicia civil y penal en Sudamérica, también pueden incidir en la probabilidad de ser atrapado, juzgado y condenado en México, sin embargo no hay investigaciones al respecto que indaguen sobre los factores de más peso en nuestro país, por lo que es necesario que los estudiosos del Derecho y la Economía se avoquen a esta problemática.

El artículo completo se encuentra dentro del libro, Felicidad, un enfoque de Derecho y Economía, una compilación de Andres Roemer, IIJ-UNAM y Themis, México 2005, pp 295 - 321 Y se recomienda su lectura para el examen del próximo día 23 de febrero.

http://info5.juridicas.unam.mx/libros/4/1637/18.pdf

viernes, 13 de febrero de 2009

Avisos Generales

Estimados alumnos:

1. Por conversación telefónica con su coordinadora, supe que asistirán a la conferencia de un subsecretario de la Administración Pública Federal, por lo que no habrá clase el día lunes 16 de febrero.

2. El día martes 17 de febrero tenemos clase normalmente y es la última antes del primer examen parcial que será escrito y se aplicará el 23 de este mismo mes.

3. El examen incluirá lo que hemos visto en las clases hasta el día martes 17 de febrero, en concreto, el repaso de la teoría microeconómica necesaria para entender el AED y la introducción al AED del Derecho Penal.

4. Los días 2 y 3 de marzo no tendremos clase, no se preocupen, esas horas las repondremos después acordándolo en el salón de clase, los días 9 y 10 de marzo tendrán clases con el profesor adjunto.

5. No olviden enviar la tarea a mi correo, enriquegarciatejeda@gmail.com para obtener un punto extra. Pasen buen fin de semana con sus amigos.

miércoles, 11 de febrero de 2009

Rápida Radiografía de la delincuencia en México


El Análisis Económico del Derecho Penal nos arroja datos actuales para explicar el momento en que vivimos.


Las cifras utilizadas el día de ayer durante la clase de AED en la universidad, nos mostraban un México del año 2000, hoy tenemos cifras del México de 2008*1 y observamos cambios importantes durante estos 8 años:


1. Baja California sigue ostentando el cetro en la mayoría de delitos; Chihuahua, en ejecuciones; Oaxaca y Guerrero continúan con el mayor número de homicidios intencionales y se les ha sumado destacadamente Sinaloa; Baja California, Estado de México y Distrito Federal destacan con el robo de autos.


2. Aguascalientes, otrora una de las entidades con menor incidencia ahora presenta una incidencia en ascenso y, aunque con una tasa de homicidios muy inferior a la media nacional de 11 por cada 100 mil habitantes, es la entidad que mayor incremento ha experimentado en el indicador de homicidios por cada 100 mil habitantes, pasando de 1.5 en 2003 a 4.3 en 2007. En sentido contrario, Chiapas, ubicada anteriormente como una entidad de incidencia delictiva media, ahora aparece como la segunda entidad con menor incidencia. ¿Cómo puede explicarse este descenso en Chiapas de 1241 a 415 homicidios registrados?


3. En cuanto a la incidencia delictiva total, detectada por las encuestas de victimización del ICESI*2, la mayor, nuevamente, se registró en el Distrito Federal, seguido por Baja California y el Estado de México.


4. No se incluye en este estudio el indicador del gravísimo delito de secuestro (que ha presentado un incremento en el último año) en virtud de que, por una parte, no hay un consenso sobre la tasa de denuncia de este delito (algunos señalan que sólo se denuncia el 30 por ciento, otros, que ha bajado al 10 por ciento). Además, en las estadísticas locales, 9 entidades no dan desagregada la cantidad de secuestros reportados. Esto generaría asimetrías en su contabilización y ponderación para este índice... Entonces ¿Cómo combatir el secuestro si nisiquiera se conocen datos verídicos sobre su incidencia?


La generación de esta información debería provenir de las autoridades que persiguen el delito, tales como las procuradurías estatales y la procuraduría general de la república, sin embargo, el diseño institucional, que después podremos analizar con las herramientas del Derecho y la Economía, ocasiona que esta información no se genere por las autoridades sino por Think Tanks como CIDAC, ICESI y Poder Cívico *3, donde investigadores de política pública aplicada analizan, explican y recomiendan medidas para solucionar estos problemas. Este es un campo laboral que ha sido poco explotado por estudiosos del derecho.


*1 Indice presentado por Guillermo Zepeda y Cidac el 31 de Agosto de 2008 http://www.cidac.org/es/modules.php?name=News&file=article&sid=3796


martes, 10 de febrero de 2009

Modelo de maximizacion de un delincuente. Introducción al Análisis Económico del Derecho Penal

Hemos visto que la sociedad está en mejor situación cuando los bienes se adquieren mediante el intercambio voluntario, ya que llegan a aquellos que más los valoran, en caso de que los bienes cambien de dueño sin consentimiento – como en el robo -, no se asegura tal eficiencia. En este sentido el Derecho Penal protege el funcionamiento del mercado.

Sin embargo el castigo impuesto no es una compensación del daño privado, como sucedía en el derecho romano en las épocas más antiguas, sino busca esencialmente la disuasión del delito.

Veámos este caso: un ladrón está considerando robar un teléfono celular de $ 1 000 y la probabilidad de ser aprehendido es de .5, si solo existe una obligación civil de resarcir el daño, es decir devolver los $ 1 000, la utilidad esperada del delincuente sería: el beneficio obtenido menos el costo esperado, numéricamente esto es 1 000 – (.5)1 000, donde el costo esperado se calcula mediante el valor de la multa por la probabilidad de obtener dicha multa, el resultado de la operación nos arroja la utilidad esperada que es: $500 pesos.

Sin derecho penal el robo es rentable.

Podría pensarse que esto no corresponde a la realidad, ya que si lo atrapan tiene que pagar $1000 y no $500, sin embargo el modelo significa que paga $1000 la mitad de las veces, es decir $500, para precisar, si logra robar 10 celulares de 1 000, obtiene un beneficio de $10 000 pero como será atrapado la mitad de las veces, esto es cuando robe 5 celulares, pagará $ 1000 por cada uno, esto es su costo esperado que en total es de $5 000, por tanto su beneficio menos su costo esperado es $5 000, a riesgo de ser redundante esto significa la mitad.

Pero ¿Qué pasa por la mente de un delincuente cuando comete un delito patrimonial? ¿Es un ser subnormal predispuesto al delito? ¿un desquiciado, un enfermo mental? Nada de esto, el Análisis Económico del Derecho postula que es un ser humano que tiene un comportamiento racional instrumental, con una diferencia importante, no tiene restricciones de culpa o de moral internalizada. Salvo esta precisión, el criminal busca maximizar su restricción, como cualquier persona.

El modelo gráfico de esta teoría que hemos presentado, coloca dentro del primer cuadrante de un plano cartesiano, la gravedad de un delito en el eje de las X, y en el eje de las Y`s la severidad del castigo o la ganancia.



En este gráfico, X1 es el costo del castigo y X2 la ganancia obtenida por el ladrón, en este caso se supone certidumbre en la ganancia y certidumbre en el castigo, por lo que siendo X1 mayor que X2, ambos valores arrojados por la comisión del mismo delito que es Xo, la persona no delinque.


Sin embargo como lo vimos en la sesión pasada, hay ocasiones que se actua en condición de riesgo, por lo que el castigo solo se impone algunas veces midiendose en probabilidades, lo que ocasiona que el Castigo esperado sea menor al Castigo establecido en la Ley.






En este segundo gráfico se observa que el delito de robo de celular de $1 000 se castiga con $2000 solo en el caso de que el castigo sea 100% seguro, pero como existe una probabilidad de 75% de castigo, éste se reduce a $ 1500 (obtenido por la multiplicación de .75 por 2000), en este caso a semejanza del anterior el costo sigue siendo superior al beneficio, por lo que una persona racional amoral, no delinque.



Pero ... ¿qué sucede cuando la probabilidad de castigo disminuye de tal manera que el costo esperado es menor al beneficio? El delito se vuelve rentable como lo muestra la siguiente gráfica.




Como puede visualizarse, el castigo varía en función de la probabilidad del mismo, es decir, la utilidad esperada del ladrón es el beneficio del delito menos el castigo esperado: U = y - p m

Así la persona racional amoral delinquirá cuando su beneficio sea mayor a su costo esperado, en otras palabras cuando su utilidad esperada sea positiva (mayor a cero).

Esto puede explicarnos porque en México actualmente tantas personales racionales amorales cometen tantos delitos de diversa índole, aún con la severidad del castigo éste no se aplica a los delincuentes, ya que aunque la pena máxima para el delito de homicidio o secuestro sea de 50 años, éste no es el costo esperado, sino la probabilidad de imponerlo, que para el caso de México es de 1.24%*1, lo que significa que una pena de 50 años se traduce realmente en 0.62 años, es decir, el costo esperado que enfrenta un delincuente por cometer un homicidio o secuestrar es apenas un poco mayor a 6 meses.

Bajo esta perspectiva, en México, todos los delitos son rentables.

¿Qué podemos hacer? Aumentar las probabilidades de imponer castigo para disuadir a las personas racionales amorales.

¿Aumentar las penas absurdamente puede funcionar? Por supuesto que no, como lo hemos visto en el modelo, aún los castigos severos disminuyen drásticamente hasta colocarse debajo de los beneficios de los delincuentes, es necesario aumentar la probablidad de castigo, no las penas.

Más allá de que me opongo firmemente a la pena de muerte por cuestiones morales, la "oferta electoral" del Partido Verde Ecologista es una más de los disparates y ocurrencias de ignorantes que no conocen estos modelos de análisis, o de gente perversa que aún sabiendo que estas medidas no disuaden la conducta delictiva lo proponen como una solución de política pública.

Este análisis económico del derecho muestra el grado paulatino que vamos adquiriendo al aplicar estos modelos a la realidad, en este caso lo aplico a una propuesta de reforma legal, este es uno de los tipos de razonamientos/preguntas que vendrán en el primer examen parcial.

*1 Indicador presentado el 1 de sep de 2008 por Guillermo Zepeda de Cidac, para leer el artículo completo se sugiere revisar http://www.cidac.org/es/modules.php?name=News&file=article&sid=3795

lunes, 9 de febrero de 2009

El Comportamiento Racional Instrumental. Introducción al Análisis Económico del Derecho Penal

En uno de los comentarios de este blog que dejan los alumnos destacados de la clase, pregunta un estudiante con excelente ánimo inquisitivo lo siguiente:

"Si dice que la economía presupone que las personas van a actuar de manera racional. Es más que evidente que las personas no lo hacen, ¿cuál puede ser la certeza de las pruebas que utilizan este criterio si no es real? ¿o que tan aproximado a la realidad es el uso de este criterio?"

Es decir, ¿Qué tan válido es el presupuesto de racionalidad?

Es totalmente justificada la pregunta, ya que si suponemos que somos racionales, ¿porqué contaminamos el planeta? ¿porqué agotamos la pesca hasta el momento que ésta no puede reproducirse? ¿porqué los legisladores pasan más tiempo quedando bien con su partido que creando leyes? ¿ porqué a pesar de los avances médicos, en algunos países del mundo la gente sigue utilizando sanguijuelas para curarse?

Es irrefutable la veracidad de estas afirmaciones ya que acontecen en la realidad, pero entonces ¿dónde queda el comportamiento racional?

La respuesta es que aunque los resultados son irracionales, las elecciones de las personas no, ya que éstas eligen los instrumentos (los medios) para llegar a los resultados (objetivos), así que la creencia en la utilización de los instrumentos puede ser érronea y llegar a resultados irracionales, pero el comportamiento racional, que es maximizar las preferencia sujetos a restricciones, es válido, así que es más útil empezar a hablar de comportamiento racional instrumental.

Para ejemplificar, un estudiante que elija ser Abogado no puede elegir el resultado de manera automática, sino para eso elige inscribirse a una universidad, elige asistir a clases, elige estudiar AED, elige cumplir con las tareas, elige... (Nota Mental: punto extra para R)

Estas elecciones pueden llevarlo al objetivo, pero no existe la seguridad de que se cumpla, por lo que aquí entra la probabilidad del resultado. En general, las personas actuan bajo tres escenarios distintos:
a) Certeza, cuando existe 100% de seguridad que un evento ocurra, como prender un switch activará la luz, en matemática se presenta por el valor de 1 (uno)
b) Incertidumbre, cuando existe la seguridad de que un evento no ocurra, como por medio de un aplauso prender la luz, en matemática se presenta con el valor de 0 (cero)
c) Riesgo, cuando un evento puede ocurrir o no, y toma los valores intermedios entre 0 y 1 para identificar si es más probable que ocurra o que no ocurra, por ejemplo la probabilidad de que al lanzar una moneda esta sea águila o sol, es la mitad, en notación matemática es .5



Para mayor claridad en el Análisis utilicemos la herramienta del AED para estudiar la "decisión racional" que enfrenta un amigo que comparte su departamento con otro y cuya amistad enfrenta problemas de convivencia, el más reciente es la negativa de Hugo de pagar los servicios de cable de TV que asciende a 550 pesos al mes con las excusas siguientes:


Págalo tú el otro mes yo pago, ¿lo apostamos en un juego de FIFA 2009?, no me han pagado por eso no tengo dinero, etc.


Ante esta situación podemos modelar los resultados que espera conseguir Erick con las variables X, Y, Z, de acuerdo a los instrumentos o medios que utilice, representado con las variables A, B, C, cada opción que escoja Erick para incentivar a Hugo para el pago del cable le proporcionará una utilidad esperada
En esta situación, Erick modela el siguiente comportamiento racional instrumental:


Resultados:
X =Hugo paga todo = 100
Y =Hugo paga la mitad = 50
Z =Hugo no paga = 0
(Números seleccionados arbitrariamente, que reflejan la utilidad que Erick espera, lo más alto sería 100, lo más bajo sería 0)
Acciones:
A = Conducta Hostil
B = Engañarlo, quitarle señal de Cable TV
C = Cancelar suscripción


Creencias:
Opción = ( Probabilidad de X multiplicado por el Valor de X) + (Probabilidad de Y multiplicado por el Valor de Y) + (Probabilidad de Z multiplicado por el Valor de Z) = Utilidad esperada.


A su vez, como conoce a su amigo Hugo, puede "aventurar" la probabilidad de que este pague si lo hostiliza, la probabilidad de que pague la mitad si continua con su actitud hostil y la probabilidad de que Hugo se enoje tanto por la conducta grosera de Erick que decida no pagar. Y lo mismo puede comentarnos la probabilidad de que le pague, pague la mitad o no pague, si lo trata de engañar o le cancela la suscripción.


El modelo simplifica todo el Análisis de la siguiente forma matemática con los valores en la formula de "opción"

A= (.8) (100) + (.2) (50) + (0) (0) = 80 +10 + 0 = 90
B = (.9) (100) + (.1) (50) + (0) (0) = 90 +5 + 0 = 95
C = (.2) (100) + (.2) (50) + (.6) (0) = 20 +10 + 0 = 30


Es así que de cada opción, Erick calcula la utilidad esperada y se da cuenta que el mayor valor es la opción B que consiste en engañar a Hugo de que suspendieron temporalmente la Televisión por cable y elige esta opción.


Otro alumno destacado realizó la observación siguiente: ¿para que modelar tan analíticamente un problema cotidiano si Erick intuía que debía elegir la opción B para conseguir el resultado? La respuesta es que este ejemplo fue hecho para mostrar de manera sencilla que estos razonamientos son lógicamente válidos e intuitivos y son la base de análisis cuando las probabilidades se calculan estadísticamente y no "al tanteo" como lo veremos en las próximas clases.


Finalmente que pasa con la pregunta de porque hay resultados evidentemente irracionales, considerando el mismo ejemplo de Hugo y Erick y variando solamente la opción B de engañar a Hugo quitando temporalmente la señal de cable, Erick puede tener la creencia errónea de que si aluda a su amigo, reconociendole capacidades sobrenaturales, la probabilidad de que le pague es mayor de la siguiente forma:


Céteris páribus la opción A= 90 y B = 30, con el nuevo cálculo de la opción B (adular a Hugo), el resultado es el siguiente:

B = (.95) (100) + (.05) (50) + (0) (0) = 95 +2.5 + 0 = 97.5


La utilidad esperada creció! por tanto Erick elige adular a Hugo pero este no paga, ¿porqué? Erick tuvo la creencia errónea de que adulando a su compañero este pagaría, su comportamiento fue racional pero su creencia era falsa, por tanto, un observador externo podría pensar que es evidente que Hugo no se comporta de manera racional, pero si lo hace, lo que sucede es que simple y sencillamente su creencia es errónea.


En el ejemplo mostrado, se consideró los costos esperados como constantes y por eso no aparecieron dentro de la explicación, pero se considera que:


Utilidad esperada = beneficio esperado - costo esperado


Esto nos servirá para analizar la utilidad esperada de los delincuentes y los costos esperados que enfrentan por las leyes establecidas en México.


* La creencia se define técnicamente como la declaración de probabilidad relacionada con la efectividad de acción específica para obtener diversos resultados

miércoles, 4 de febrero de 2009

Maximización Matemática y el Tetris

Durante la clase del día 3 de Febrero de 2009, un entrañable amigo economista nos explicó la maximización matemática, nos mostró la ecuación de una curva de indiferencia y la de una restricción presupuestal, en el primer cuadrante de un plano cartesiano y utlizando la geometría analítica encontró el punto óptimo donde la restricción toca la curva de indiferencia más alta.

Esto nos mostró como se traduce matemáticamente el comportamiento racional de las personas, consistente en aquel que las lleva a buscar lo que necesitan sujetos a las restricciones que enfrentan, es decir, como "se ve" matemáticamente la maximización.

En primera instancia, el manejo de ecuaciones, el uso del cálculo diferencial y las gráficas puede parecer demasiado abstracto para un estudioso de derecho, sin embargo, es muy parecido a situaciones que han enfrentado en algún momento de su vida, como el disfrutar un juego de video conocido como "Tetris".

En el Tetris, a semejanza de la gráfica de maximización, la primera vez que se observa parece demasiada información sin sentido que nos impide entender y ganar en el videojuego... pero ¿Qué sucede cuando tomamos el control y buscamos como una única meta en el juego acomodar piezas que caen para formar líneas horizontales? Empezamos a entender el juego y a elaborar jugadas cada vez más elaboradas, como desaparecer 4 líneas horizontales simultáneamente con una sola pieza.

Esta simple explicación del funcionamiento del videojuego nos muestra que éste conlleva un único propósito, que es formar líneas horizontales en un plano de 2 dimensiones, sin preguntarnos ¿De donde vienen tantas piezas? ¿Porqué caen? ¿En algún momento termina el juego? ¿Podrían existir piezas de otro tamaño o color? Desconocer la respuesta de estas preguntas no impide comprender el funcionamiento del juego y disfrutarlo.

De igual manera, la Maximización matemática, tiene como única meta encontrar el punto exacto donde la curva de indiferencia toca la restricción presupuestal, en este caso, las curvas de indiferencia permanecen constantes y es la restricción, a semejanza de las piezas en el Tetris, es la que se mueve para que encontremos un nuevo punto óptimo de maximización, o que formemos una nueva línea horizontal, todo dentro de un plano de 2 dimensiones.

En este orden de ideas, la única regla existente en Tetris permite al jugador realizar jugadas cada vez más rápidas y complejas, así como la comprensión de la maximización permite al analista interpretar cada vez más rápido situaciones complejas.

Hemos descubierto como los modelos bidimensionales pueden generar incluso entretenimiento y como la utilización de pocas variables facilitan la comprensión y manejo de las situaciones.




Pd. A semejanza de la maximización, la inclusión de una sola variable contenido en un tercer eje, complicaría el modelo bidimensional hacia la tridimensionalidad, lo cual eleva la complejidad del videojuego

martes, 3 de febrero de 2009

Ceteres Paribus, o mejor dicho, ¿Como piensa un economista, Segunda Parte?

Avanzando con el curso de Introducción al Análisis Económico del Derecho (AED) , hay algunas precisiones que pueden mejorar nuestra experiencia cognitiva como estudiosos de la Economía y el Derecho:

El manejo de modelos microeconómicos conlleva un supuesto implícito conocido como Caeteres Paribus (léase Céteris Páribus), el cual por su significado en latín significa, "permaneciendo lo demás constante" y se refiere a que en el análisis de alguna variable que estudiamos, tomamos sin cambio las demás variables que inciden en el fenómeno social que abordamos.

En el caso de los mapas utilizados en el post del 26 de Enero de 2009, que nos ayudaron a encontrar un estacionamiento, por ejemplo en el mapa de guia roji (el segundo), no se muestran los árboles, los automóviles, las casas, ni los colores de éstas, pero eso no implica necesariamente que el modelo NIEGUE su existencia, los considera existentes y constantes, pero no relevantes para destacar la variable que si cambia y se quiere mostrar, que es el sentido de las calles.

Por tanto, los modelos que estudiaremos en próximas clases como lo es el caso del comportamiento de los infractores de la ley (en especial de los delincuentes), no desconocemos, ni negamos la importancia de la moral, la presión social y el entorno que lleva a delincuente a infrigir la ley, pero estas variables se consideraran constantes para poder observar el impacto que tiene una sola variable, como lo es el monto de las sanciones que enfrentan.

jueves, 29 de enero de 2009

Silogismo jurídico, o mejor dicho, ¿Cómo piensa un abogado?



El derecho es una ciencia normativa, la cual estudia normas de conducta que poseen características de heteronomía, coercibilidad, bilateralidad y exterioridad para diferenciarlas de otras normas, como las morales y los convencionalismos sociales.


Estas normas jurídicas contienen (o pretenden contender) valores como la libertad, la justicia y la legalidad, en este sentido, los abogados analizan los hechos que ocurren y tratan de adecuarlos a las normas que hablan de ellos para emitir un juicio de valor y calificar el hecho de legal- ilegal, esto es conocido como "silogismo jurídico" y es la base del pensamiento de los abogados.


Los abogados discrepan en la formulación de estas normas, al respecto hay dos posturas distintas: 1) la de los iusnaturalistas, que hacen referencia a un conjunto normativo perenne, divino o natural, del cual deben inspirarse los hacedores de leyes para adoptar la regulación y tener un derecho más justo; 2) los positivistas, que señalan que el derecho contiene en si mismo los valores que libremente se eligen y le dan contenido en la medida de que los legisladores lo dotan de los mismos.


Ambas posturas han sido criticadas y se mantienen como una referencia filosófica de los abogados, pero independientemente del origen de las normas, son ellas las que determinan si un hecho es legal o no y la consecuencia jurídica derivada de esta situación.


Para ello los abogados han construido un edificio intelectual del análisis de los principios normativos y la interpretación y aplicación del derecho, en la formación académica tradicional de las escuelas de derecho se ha dejado de lado el estudio de como estas normas jurídicas benefician o perjudican a las personas y en que medida, es decir se han preocupado más por su coherencia interna lógica y han olvidado como las normas se relacionan con las personas.*1


El Análisis Económico del Derecho proponer ocuparse de este parte y determinar como se puede hacer más feliz a más gente a través de las normas jurídicas.

*1 Si bien, la formación tradicional de los abogados ha dejado de lado el análisis de los beneficios y perjuicios que producen las leyes, existen especialidades como la criminología, criminalística y los "estudio de los derechos humanos", que tratan de ahondar en el estudio de las normas jurídicas relacionadas con las personas, en este sentido son esfuerzos paralelos al AED para desentrañar el beneficio de las leyes.

lunes, 26 de enero de 2009

Modelos microeconómicos, o mejor dicho, ¿Cómo piensa un economista?

Los modelos son simplificaciones de la realidad que buscan mostrar datos de utilidad para encontrar lo que buscamos, por ejemplo: ¿Cómo llego al estacionamiento de una plaza comercial?

Este modelo nos muestra con gran detalle como son en realidad, las calles, los árboles que hay, las casas, los colores y toda una serie de datos que pueden distraernos de nuestro objetivo, encontrar el estacionamiento de una plaza comercial.






Este modelo nos arroja datos de utilidad que el más "real" no hace, como por ejemplo el sentido de las calles y las avenidas más importantes por diferencia de color, sin embargo aún no nos señala la manera más sencilla de llegar a nuestro destino.








Finalmente, el último nos proporciona mejor información para encontrar el estacionamiento, sin embargo no nos permite dilucidar el sentido de las calles, entre otros detalles relevantes.










Este ejemplo nos sirve para aproximarnos al pensamiento de los economistas, ya que ellos piensan en términos de modelos, simplificando la realidad para tener pocas variables que puedan manejar con mucha claridad, por ejemplo, el concepto de maximización económica que describe el comportamiento racional del consumidor, (donde las personas buscan alcanzar su mayor beneficio sujetos a las restricciones que enfrentan), parte de un modelo matemático, es decir, es un concepto que vive y nace dentro de ecuaciones y gráficas que describen preferencias y restricciones reflejadas en un plano cartesiano, pero que al ser simultáneamente tan simples, es sencillo mostrar su validez analítica, en las próximas clases del curso tendremos un economista que nos deleitará mostrando como encontrar el punto óptimo de la maximización de forma matemática.


Es así que de esta manera, piensa un economista, simplificando hasta el extremo la realidad, caso contrario sucede con un abogado, el cual busca hasta el más mínimo detalle para formular una historia, encontrar una excepción o un recoveco, en el cual pueda basar su defensa o su ataque en una conflicto jurídico, son dos formas distintas de pensar la realidad, pero al igual que las imagenes de los mapas, son muy útiles dependiendo para que los utilicemos.

¿Qué estabas haciendo el 11 de septiembre de 2001?


"Una de las mejores cosas que le puede pasar a una persona es la educación,

por eso debe ser agradable".


El día de hoy, más del 90 % de los alumnos recordó exactamente la clase que estaban tomando cuando oyeron la noticia de las torres gemelas, recordaron con claridad las clases a las cuales no habían entrado, el nombre del profesor que la impartía o el nombre de las personas que les informarón del terrible atentado terrorista al WTC de Nueva York.


En contraste, nadie recordó que hacía el 18 de febrero de 2006, aún cuando esta fecha está más cercana al momento en que el profesor formuló esta pregunta, solo han pasado 3 años desde 2006 y más de 7 años desde 2001 y sin embargo, recordamos con mayor claridad lo que pasó hace más tiempo.


¿Qué determina que algunas cosas queden profundamente marcadas en nuestra memoria? ¿Qué clases serán un recuerdo borroso de la universidad y qué conocimiento realmente podrán aplicar los estimados alumnos en su vida profesional?


Un psiquiatra francés Clotaire Rapaille ha tratado de responder a esta pregunta dedicando su vida al trabajo con niños autistas y después investigando sobre la psicología del consumidor, su tesis puede resumirse en que son las emociones las que determinan que asimilemos un conocimiento...*1


Pero... ¿Qué tiene que ver las nuevas técnicas de pedagogía y aprendizaje con la clase de Economía y Derecho? Por una parte se han formulado las clases siguiendo este enfoque novedoso de pedagogía y aprendizaje, sin embargo hay una enseñanza más profunda...


En las últimos décadas, el conocimiento más exitoso, el que ha sido más útil, el que ha mostrado innovaciones importantes y originales y sobre todo el que ha contribuido en mayor medida a la felicidad humana, ha sido el conocimiento que se ha originado de la aplicación de modelos de una ciencia a otra.


Por ejemplo: Paul Samuelson, mencionado en el post del 19 de enero de 2009, basó, en buena parte, la creación de la teoría microeconómica con los modelos de equilibrio de la termodinámica; Kenneth Arrow aplicó los modelos microeconómicos a la ciencia política para formular su famoso "teorema de la imposibilidad" que le valió un premio nobel; Richard Dawkins y Desmond Morris han contribuido a la creación de la sociobiología; y como se ha mencionado el Doctor Rapaille ha conjugado la psiquiatra con la comunicación y el aprendizaje.


En este orden de ideas, otros científicos sociales han aplicado modelos microeconómicos al Derecho para explicar:


1) Delitos

2) Accidentes

3) Responsabilidad Civil

4) Matrimonio

5) Contaminación

6) Procesos Jurídicos y políticos

7) Procesos Legislativos


Al hacer estas investigaciones, los científicos sociales han desarrollado teorías con mayor poder predictivo y explicativo que las teorías que como abogados tenemos en la tradición romano- germánica, por lo que nos proporcionan un conocimiento más valioso para estudiar como las normas afectan la realidad.



*1 Una breve reseña del libro de Clotaire Rapaille "El Código Cultural" puede leerse en:

viernes, 23 de enero de 2009

El verdadero Lado Oscuro de la Fuerza: Positivistas vs AED

¿El Análisis Económico del Derecho olvida los derechos humanos con tal de ser eficiente? ¿El hombre es un ser "bueno" o "malo" por naturaleza? ¿IusNaturalistas vs Positivistas vs AED? ¿Quiénes son el verdadero "lado oscuro" del Derecho?

La próxima semana trataremos de responder estas preguntas, para este propósito les dejo las lecturas para el martes 23 de Enero de 2009.

Comentarios sobre algunos supuestos filosóficos del AED, Rodolfo Vazquéz
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/02405065325240496976613/isonomia05/isonomia5_08.pdf

Replica a los comentarios de Rodolfo Vazquéz, Andrés Roemer
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/02405065325240496976613/isonomia05/isonomia5_09.pdf


Durante la clase del día 23 de enero, respondimos las preguntas planteadas y llegamos a las siguientes conclusiones a partir de los textos citados:

1. "El AED reconoce por encima de los postulados de eficiencia máximas que respeten la dignidad, autonomía y los valores liberales del individuo, así como la preeminencia del bien común en un contexto democrático, y una vez que estos han sido fijados, el AED contribuye a alcanzar de manera eficiente estas metas comunes".

2. El AED no busca sustituir al derecho, sino complementar la formación de los estudiosos del derecho para mostrar como las leyes afectan el comportamiento humano, ya que solo es una herramienta.


Nota: Recuerden que las lecturas para el lunes 22 están en el folder 22.

miércoles, 21 de enero de 2009

Participaciones extras


¿Quién quiere puntaje extra para el 1 examen parcial?


Si alguien quiere participar por favor conteste la pregunta, dejando un comentarios en este post:
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1. Durante el ejercicio en el salón de clase el día martes 20 de Enero, en la primer entrega de "dulces gratis", un alumno obtuvo solo un trident y buscó insistentemente la forma de obtener algún snicker, posteriormente, la aparición de bubulubus le llevó a buscar uno de ellos por medio de intercambios, finalmente, una "decisión dictatorial" de asignación, le proporcionó 2 bubulubus, 4 tridents y muchos snickers, así que en ese momento, el alumno con mayor riqueza en la clase, se fue contento a su lugar y se sentó, disfrutando la parte final de la cátedra.
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¿Qué fue lo que cambió su comportamiento de hablar con los demás para negociar el intercambio de dulces a permanecer sentado en su lugar sin hacer caso a las propuestas de intercambio? ¿Cambió sus preferencias por la aparición de nuevos productos, es decir, le empezaron a gustar en ese momento más los bubulubus que los tridents? ¿Fueron las reglas que el profesor puso sobre el intercambio las que hicieron que se quedara sentado? ¿Su función de utilidad marginal decreció?